Comercio Exterior: IMPACTO DE LAS NUEVAS MEDIDAS SOBRE LAS EXPORTACIONES E IMPORTACIONES ARGENTINAS
La brusca depreciación de la moneda argentina que viene aconteciendo en estos meses y que en la última semana se aceleró en forma drástica, ha modificado de fondo el potencial de competitividad del comercio exterior (puntualmente beneficiando las exportaciones argentinas).
Pero esta devaluación, trajo aparejada una serie de decisiones gubernamentales en estos días, que comienzan a trascender, motivadas por necesidades de carácter tributario que vuelven a gravar en forma genérica la exportación, alcanzando la totalidad de las posiciones arancelarias de los productos primarios y manufacturas industriales que se comercializan al exterior, como hecho imponible “per se”.
La justificación de la (re) imposición de tributos a la exportación por parte del Estado Nacional (al margen de los que se mantenían a la soja y derivados – aceite, expeller, harinas, etc.-), radica en que la depreciación de la moneda argentina generá en las empresas exportadoras un impensado nivel de competitividad que mejora notablemente los márgenes del negocio exportador para cualquier tipo de producto.
En este sentido, como forma de compensación a esa potencial ganancia extraordinaria que generaría la exportación, a partir del nivel actual (y futuro) del tipo de cambio, el gobierno vuelve a aplicar derechos de exportación (más conocidos como “retenciones”) a la totalidad del universo arancelario (cuando el mismo gobierno los había suprimido mediante los decretos 133/2015 y 160/2015, que, respectivamente, referían a la eliminación de los derechos aplicables a manufacturas industriales y productos agrícolas respectivamente, manteniéndolos a la soja y el complejo sojero-aceitero).
A través de estas nuevas “retenciones”, tendiendo a las necesidades de financiamiento del gasto público y de los servicios de la deuda, el gobierno nacional recrea la figura de los aranceles “mixtos”, es decir, aplicar en forma paralela derechos de exportación “ad-valorem”, para los cuales fija una alícuota que grava la exportación como hecho imponible, con un porcentaje determinado en 18 % para la soja y derivados y del 12 % para el resto de las exportaciones, pero a la vez, aparece la figura de los derechos específicos (aplican sobre una unidad de medida), imponiendo una suma fija de pesos argentinos por cada dólar que cotice un producto de exportación.
En el caso de la soja y derivados, al 18 % de impuesto ad-valorem debe sumársele el importe fijo por cada dólar (de entre 3 y 4 pesos por dólar), mientras que, para el caso del resto de los productos, se establece un arancel del 12 % pero con un tope de 3 o 4 pesos por dólar que valga el producto exportable, para que se pueda entender mejor, como ejemplo, un producto cuyo valor de exportación sea de 5 dólares, según en arancel del 12 % debería tributar 60 centavos de dólar de derechos a la exportación, pero, al fijar el tope de cuatro pesos por dólar que cotice la mercadería, pagaría como máximo 20 pesos (es decir unos 50 centavos de dólar al cambio actual).
Como vemos entonces, el nuevo esquema de tributos a la exportación a través de los referidos “derechos específicos”, distinguen entre “exportaciones primarias”, que pasan a tributar 4 (cuatro) pesos por dólar exportado y el “resto de las exportaciones” (que comprende manufacturas con cierto valor agregado) que pagarán 3 (tres) pesos por cada unidad de la moneda estadounidense que la operatoria de exportación comprenda (ver tabla).
Este nuevo esquema, llevado a los productos de exportación típicos del agro argentino, incrementa el componente impositivo de las exportaciones agrícolas que puede apreciarse con claridad en el cuadro de más abajo:
Por último, es esperable que la devaluación, a partir del encarecimiento relativo de las manufacturas y bienes importados, traiga aparejada una tendencia al equilibrio de la balanza comercial argentina que viene siendo netamenta deficitaria (con exc epción del año 2016 que cerró apenas por encima del equilibrio con mínimo nivel de superávit) y donde los primeros siete meses del corriente año (2018) resultaron el período más crítico en los últimos quince años, en cuanto al volumen del saldo negativo en la balanza del comercio exterior argentino, generando una sangría superior a los 5.867 millones de dólares (entre enero y julio), por lo tanto se entiende que este nuevo tipo de cambio, con una moneda nacional sumamente depreciada, debería “per se” tender a aminorar el ritmo de las importaciones y sustituir algunas manufacturas extranjeras por producción local, atenuando la salida de divisas por pago de importaciones.
Gráfica con la tendencia creciente del desequilibrio de la balanza comercial argentina: